JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 05 de Marzo de 2010
199° y 151°
Vista la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano PEÑALOZA MENDOZA DILXON SMITH, titular de la cédula de identidad N° V-12.565.412, de este domicilio, debidamente asistido de la Abogada ROMAIRA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 128.207. Désele entrada, asígnesele numero, anótese en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a Derecho, al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud contentiva de designación de Curador Ad Hoc. En cuanto al CURADOR AD-HOC solicitado, para la niña OMITE, se designa como tal, a la ciudadana MENDOZA JUSTINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.482.564, domiciliada en: Sector Las Flores, Calle Márquez del Toro, casa N° 91, Mariara estado Carabobo a quien el Tribunal ordena su Not.....