REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 05 de Marzo de 2010
199° y 151°

Vista la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano PEÑALOZA MENDOZA DILXON SMITH, titular de la cédula de identidad N° V-12.565.412, de este domicilio, debidamente asistido de la Abogada ROMAIRA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 128.207. Désele entrada, asígnesele numero, anótese en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a Derecho, al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud contentiva de designación de Curador Ad Hoc. En cuanto al CURADOR AD-HOC solicitado, para la niña OMITE, se designa como tal, a la ciudadana MENDOZA JUSTINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.482.564, domiciliada en: Sector Las Flores, Calle Márquez del Toro, casa N° 91, Mariara estado Carabobo a quien el Tribunal ordena su Notificación, a los fines de dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos, a prestar el juramento de ley correspondiente. Líbrese Boleta de notificación.
EL JUEZ TITULAR


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se le dio entrada bajo el N° 1796-10 y se libró Boleta de notificación.

EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA






SOL.1796-10
ALA/JPPT/yuri