CAPITULO VIII
DISPOSITIVA
Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala N° 01 de la Corte de Apelaciones Ordinaria, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso de Apelación de Sentencia y en consecuencia declara la NULIDAD de la decisión dictada en fecha 05 de febrero del 2025 y publicado su texto íntegro en esa misma fecha, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia estadal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, por inobservancia de los artículos 163, 168 y 169 del Código Orgánico Procesal Penal, así como la falta de notificación efectiva a la víctima para su comparecencia a la audiencia para ser escuchado y del mismo modo sin una fundamentación y operación de la dosimetría penal, en la decisión anulada. SEGUNDO: S.....