Decisiones del dia 04/06/2009 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								7439  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 04/06/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En razón de lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA IMPROCEDENTE LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR SOLICITADA POR LA PARTE ACTORA. Así se decide. No prejuzga este Tribunal con la presente decisión sobre el fondo del procedimiento, ni sobre posibles solicitudes de medidas que en un futuro puedan efectuar los interesados, sino sobre lo aquí analizado. REGISTRESE,  PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA. Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Valencia, 04 de Junio  de 2009.- 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Marinel Meneses González 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								7380  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 04/06/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En razón de lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, previo análisis de los hechos en que se fundamenta la demanda, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA incoada por la Abogado en ejercicio FALKNER GUSTAVO TOYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.871.390, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 86.087, actuando en su propio nombre, en contra de la ciudadana MIRIAN LAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.873.069., por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (VIA INTIMATORIA). 
	Notifíquese de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
	REGISTRESE,  PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
	Dada, sellada y firmada e.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Marinel Meneses González 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								GPO2-L-2006-2047  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0102009000055  
						  
						  Fecha: 04/06/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: este Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 Constitucionales, en uso de sus atribuciones legales prevista en los artículos 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y del articulo 3 parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el articulo 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA ENTRE LAS PARTES, contenido en  la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por el ciudadano EUQUIN WOEK ESPINOZA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.753.760, representado por los abogados MINERVA ROSALES QUEIPO y JAVIER ROSALES VILORIA, inscritos en el Inpreabogado bajo N° 22.439 Y 10.856 en contra de la empresa, SEGURIDAD Y VIGILANCIA INTEGRAL SEVINCA C.A.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Carola Rangel 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								GP02-L-2009-000175  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0012009000137  
						  
						  Fecha: 04/06/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
Este Tribunal, vista que la TRANSACCIÓN JUDICIAL que antecede (folios 42 al 44), celebrada entre la parte actora LUZ MARINA GUERRERO ROJAS, titular de la cédula de identidad No.13.833.016, y la parte demandada Q´AREPA, C.A., da por concluido el proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, solicitada por las partes. Se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Wilfredo German Gonzalez Sosa 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								GP02-L-2009-000175  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0012009000137  
						  
						  Fecha: 04/06/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
Este Tribunal, vista que la TRANSACCIÓN JUDICIAL que antecede (folios 42 al 44), celebrada entre la parte actora LUZ MARINA GUERRERO ROJAS, titular de la cédula de identidad No.13.833.016, y la parte demandada Q´AREPA, C.A., da por concluido el proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, solicitada por las partes. Se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Wilfredo German Gonzalez Sosa 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo