En consecuencia visto y revisados todos y cada unos de los conceptos reclamados por la actora en su escrito libelar, este juzgado en administrando justicia y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano EFRAIN GREGORIO HERNANDEZ, ya identificado, en contra de la empresa CARNICERIA CHEN C.A, en tal sentido la empresa deberá cancelar al trabajador la cantidad de CINCUENTA MIL SETECIENTOS CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 50.704,47), mas lo que resulte de la experticia complementaría del fallo, ASI SE DECLARA