DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de LA LEY DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA PRESCRIPCIÓN alegada por la empresa AGROPECUARIA VILDA, C.A y el ciudadano PORFIRIO A. PEREZ y en consecuencia sin lugar la pretensión contra ellos, SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD ALEGADA por la empresa AGROPECUARIA LAGOS DE COBADONGA, C.A. y en consecuencia sin lugar la pretensión contra la empresa AGROPECUARIA LAGOS DE COBADONGA.-