Las partes manifiestan al juez que en forma satisfactoria para ambas, han llegado a la materialización de un acuerdo a través del cual la parte demandada conviene en cancelar la suma de DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO BOLÍVARES FUERTES CON TREINTA Y SIETE CENTÌMOS (Bs. F. 2.741,37), toda vez que a la actora se le ha cancelado sobre la totalidad de la suma demandada el monto de Bs. F. 3.411,75 ; cuyo monto se cancelará en dos oportunidades y en partes y proporción igual de Bs. F. 1.370, 68 cada uno; el primero el día 17 de Julio de 2008 y el segundo el día 07 de Agosto de 2008; en instrumentos cambiarios a la orden de la demandante YADIRA MENDOZA RODRÍGUEZ. Presente como se encuentra la actora de autos manifiesta que con el acuerdo de pago producido en este Acto se da por terminado el presente procedimiento y se satisfacen todos y cada uno de los conceptos de la pretensión representados exclusivamente por la ANTIGÜEDAD, VACACIONES VENCIDAS Y FRACCIONADAS, BONO VACACIONAL VENCIDO .....