Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGARla presente Solicitud de Divorcio, fundamentada en la Sentencia 1070, de fecha 09 de diciembre del año 2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de los ciudadanos:PANHORA MANZANILLA SALINA y MARIELIDE OPORTO GRANADILLO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la Cédula de Identidad N° V-17.172.169 y V-12.711.013, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía entre sí, desde el día diecisiete (17) de Septiembre de 2010.