DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Inadmisible la demanda por desalojo incoada por los ciudadanos MIREYA JOSEFINA NAVARRO DE VASQUEZ, BLADIMIR JOSE VASQUEZ NAVARRO, RICHARD JOSE VASQUEZ NAVARRO y BENJAMIN HERMENEGILDO VASQUEZ NAVARRO venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-2.362.791, V-7.140.881, V-7.140.882, V-12.607.961 respectivamente, actuando con el carácter de integrantes de la SUCESION VASQUEZ LAROCHA, asistidos por el abogado HECTOR IBRAHIM HERNANDEZ NAVARRO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.614.662 inscrito en .....