Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL de fecha 15 de septiembre de 2023 (folios 150 y folio 151),celebrada en la presente DEMANDA que por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), fuera incoada por la ciudadana MARÍA MALDERA DE AGRIESTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°E-902.671, y de este domicilio, a través de su apoderado judicial, Abogado ANDDY ASDRUVAL NIEVES SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 203.641; en contra de la CiudadanaFIORANNA MILOU INNOCENTI TUOSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.032.943 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado GUSTAVO.....