éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE LUIS ARTEAGA NUÑEZ y MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.826.789 y V-7.125.705 respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se mantiene el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 25 de Febrero de 1.999, por ante la Prefectura de la Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia, Estado Carabobo.