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Decisiones del dia 01/02/2008

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : GH21-L-2001-000010 N° Sentencia : PJ0052008000025 Fecha: 01/02/2008
Procedimiento:
Consignacion De Prestaciones Sociales
Partes:
ORLANDO ALFREDIS TORREALBA VS SERVIPORT, C.A. Y SERVIESTIBA RRI, C.A.
Resumen:
En este estado el Tribunal en vista de la exposición de las partes declara que la presente Mediación y Conciliación se ha efectuado tomando en cuenta las disposiciones de los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 3, Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo. Y por cuanto que los acuerdos contenidos en la presente Acta de Mediación son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y en vista de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; y en virtud de que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han si.....
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-L-2006-000038 N° Sentencia : PJ0052008000024 Fecha: 01/02/2008
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
JESUS ARQUIMEDES ESPLUA ZERPA VS SERVIPORT, C.A. Y SERVIESTIBA RRI, C.A.
Resumen:
En este estado el Tribunal en vista de la exposición de las partes declara que la presente Mediación y Conciliación se ha efectuado tomando en cuenta las disposiciones de los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 3, Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo. Y por cuanto que los acuerdos contenidos en la presente Acta de Mediación son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y en vista de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; y en virtud de que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han si.....
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-L-2007-000349 N° Sentencia : PJ0052008000026 Fecha: 01/02/2008
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
PERCEFONI FONI APOSTOLIDIS XANTHULIS VS FUNDACIÓN COLEGIO UNIVERSITARIO DE ADMINISTRACIÓN Y MERCADEO (FUNDACUAM) Y DESARROLLO DE PROGRAMAS EDUCATIVOS A NIVEL SUPERIOR C.A. (DEPENSU C.A.)
Resumen:
En tal sentido, y a los fines de garantizar el Derecho a la defensa que debe imperar en todo proceso Judicial, avalando una tutela judicial efectiva y evitando o corrigiendo vicios que pudieran finalizar en reposición de la causa, y en acatamiento a la sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 04 de Octubre de 2005, sentencia N° 1249, por cuanto en el auto de admisión de la demanda no se le concedió a los demandados término de la distancia alguno, es por lo que este Juzgado REVOCA el acta de fecha 28 de Enero de 2008 la cual cursa al folio 169 del expediente y ordena celebrar nuevamente la Audiencia Preliminar la cual tendrá lugar a las once de la mañana (11:00 a.m) del DÉCIMO DÍA HÁBIL SIGUIENTE al presente auto, mas UN (01) DÍA COMO TÉRMINO DE LA DISTANCIA, esto de conformidad con el articulo 205 del Código de Procedimiento Civil por aplicación del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sin necesidad de notificación alguna, por .....
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-L-2007-000398 N° Sentencia : PJ0052008000022 Fecha: 01/02/2008
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
PERCEFONI FONI APOSTOLIDIS XANTHULIS VS FUNDACIÓN COLEGIO UNIVERSITARIO DE ADMINISTRACIÓN Y MERCADEO (FUNDACUAM),
Resumen:
Este juzgado, analizado los autos que conforman el expediente, constata que efectivamente las entidades demandadas SOCIEDAD ASESORA DE PROGRAMAS INTEGRALES A NIVEL SUPERIOR (SAPIENS) y FUNDACIÓN COLEGIO UNIVERSITARIO DE ADMINISTRACIÓN Y MERCADEO (FUNDACUAM), tienen su domicilio o asiento principal en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, tal como consta en los respectivos registros de comercio y actas constitutivas. En tal sentido, y en acatamiento a la sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 04 de Octubre de 2005, sentencia N° 1249, y por cuanto en el auto de admisión de la demanda no se le concedió a la demandada término de la distancia alguno, es por lo que a los fines de garantizar el Derecho a la defensa que debe imperar en todo proceso Judicial, avalando una tutela judicial efectiva y evitando o corrigiendo vicios que pudieran finalizar en reposición de la causa; Se le OTORGA A LAS EMPRESAS CO-DEMANDADAS UN (01) DÍA COMO TÉRMINO DE LA.....
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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