Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por el ciudadano JOSE FRANCISCO GONZÁLEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.608.653, asistido por el abogado DAILYN ANABELL UTRERA LOZADA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 328.843, en contra de la ciudadana MARIA FERNANDA ROTONDARO BORRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.436.380 y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina del Registro Civil, Parroquia San José, Municipio Valencia, Estado Cara.....