III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana ZORAIDA RAMONA TORREVILLA DE MOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.212.695, asistida por la abogada en ejercicio ANA ZANOTTY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.759, en la cual solicita que el Tribunal decrete la disolución del vínculo conyugal que le unía al ciudadano EDUARDO ANTONIO MOYA ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.010.587, En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído, en fecha 21 de fe.....