Ahora, en cuanto a la pertinencia; visto que la parte aspira determinar que el ciudadano JOSÉ JAVIER MONTEVERDE GÓMEZ se encuentre fuera del país, este medio es el idóneo para acceder a la información relativa a este hecho por lo que la prueba es pertinencia en tanto el canal utilizado es el correcto para probar la ubicación del demandado. Sin embargo, la pertinencia de la prueba, no solo radica en que el medio permita demostrar el hecho presentado; sino que ese hecho sea relevante al juicio. Visto que el cobro de servicios es uno de los aspectos señalados en el libelo de la demanda y refutado en la contestación, siendo la exigencia de cuotas por gastos comunes un factor que genera contradicción entre las partes, y siendo que el demandado intenta contrariar esa deuda a través de la defensa basada en el hecho que no hace uso del gas por cuanto no reside en el país, intentando ser eximido de su obligación a razón de ello, resulta la prueba pertinente,en virtud que las defensas del accion.....