´DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la apelación ejercida en fecha 08 de junio de 2026, por el abogado, ALIRIO JOSE RUIZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 86.293, contra la SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA de fecha 21 de mayo de 2026, dictada por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 21 de mayo de 2026, dictada por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. TERCERO: SE ORDENA a la Juez del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Eje.....