UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de los ciudadanos Manuel Arada Dos Santos Mateus y Rosa Alice De Jesús de Mateus, de nacionalidad Portuguesa, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. E-81.195.376 y E-81.196.728, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad, tal como consta de documento debidamente Protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, en fecha 18 de junio de 1999, bajo el No. 17, folios del 94 al 100, Protocolo 1º, Tomo 6, que consignan a la presente solicitud marcado con la letra "F", ubicado en la Ciudad de Morón Casco de Morón, Calle Comercio (avenida Carabobo con calle san José), jurisdicción del Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, con una extensión de terreno de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (255,96 M²), comprendida dentro de los siguientes medidas y linderos: NORTE: En 24,25 mts con avenida Carabobo; SUR: En 20,.....