Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la ciudadana BARBARA RODRIGUEZ DE DIME, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-28.130.558, asistida por el Abogado YVAN ALEJANDRO OSORIO TERAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 142.143, en contra del ciudadano PAPE MALICK DIME, senegalés, mayor de edad, titular del pasaporte Nro. 561572752, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Valencia, Parroquia San José del estado Carabobo.
2. SEGUNDO: Se acuerda librar los oficios correspondientes una.....