DECISIÓN
En mérito de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal de Alzada, en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa, en los términos siguientes: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por la ciudadana MARIA FRANCIA JOSEFINA CAMPERO TALLAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.126.740, de este domicilio, a través de su apoderado judicial abogado JOSE ABACHE ASENCIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.963.485, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 67.137, contra la presunta violación de los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y del debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de .....