Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la abogada ELIZABETH GALINDEZ GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.836.711, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I. P. S. A.) bajo el Nro. 151.364, de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana MARLY JOSEFINA ALVARADO LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.602.069, contra el ciudadano OSLEDY JESÚS APONTE GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.331.629, contraído por ante la Oficina de Registro Civil de la parroquia .....