Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO la decisión dictada en fecha 20 de Abril del 2026 y publicadas en fecha 04 de Mayo del 2026, por el Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, mediante las cuales ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICA, admite PARCIALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público, declara SIN LUGAR la excepción opuesta por la defensa técnica, admite PARCIALMENTE los medios de pruebas aportados por el Fiscal del Ministerio Público, admite PARCIALMENTE los medios de pruebas aportados por la defensa técnica y declara IMPROCEDENTE la solicitud de examen y revisión de medida incoad.....