Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, en virtud de los argumentos esgrimidos, declara: EL CESE INMEDIATO DE LA REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CONSORCIO LAS VILLAS 301, inscrita en fecha 25 de noviembre de 2004, ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, bajo el N° 44, tomo -1-C POR PARTE DEL DEFENSOR AD LITEM (JUDICIAL) designada abogada MARÍA DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nro V-25.903.195, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 288.369, y en consecuencia, se tiene como parte del proceso a la referida SOCIEDAD MERCANTIL CONSORCIO LAS VILLAS 301, representada por el ciudadano JESÚS MOLINA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.080.823, asisti.....