Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ENRIQUE SAER VISO, quien funge como Defensor Privado del ciudadano PEDRO RAFAEL TORRES GONZÁLEZ, contra el pronunciamiento dictado en fecha 09 de Julio de 2025, por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal signado con el N° GP01-PM3-2022-000444, mediante el cual declara SIN LUGAR la solicitud de Control Judicial de fecha 12 de Agosto de 2024 y ratificada en fecha 09 de Septiembre de 2024 incoada por el Defensor ENRIQUE SAER VISO, previamente identificado en autos. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión publicada 09.....