III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana YSOLINA JOSÉ TARAZÓN DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.060.544, asistida por la abogada en ejercicio JESIULY RAMÍREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 325.024, en la cual solicita que el Tribunal decrete la disolución del vínculo conyugal que la une al ciudadano JOSÉ TORRES PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.866.993.
En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha en fecha 25 de en.....