VII
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR los recursos de apelaciones, interpuestos por la ciudadanaJOSYBERT MAYELIN RODRIGUEZ CARBALLO, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.399.673, plenamente identificada en autos y por su defensa técnica abogadoMARIO RAMON MEJIAS ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.521,en contra de la decisión dictada en fecha 06 de febrero de 2026, por el Tribunal Sexto Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, mediante el cual declaró sin lugar la prescripción de la acción penal, quedando acreditado en el extenso del presente fallo, que la decisión del A quo se encuentra conforme a derecho. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión impugnada en los términos que fueron conocidos y decididos por esta Instancia Sup.....