Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda por INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, interpuesta por los ciudadanos MANUEL ANTONIO VARGAS, ANIBAL JOSE VARGAS Y GENARO ANTONIO VARGAS, contra el ciudadano JOSE LUIS GARCIA CAÑAS, todos antes identificados; de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 269 eiusdem.