´´En merito a lo anterior, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena corregir y subsanar el error material ya indicado, en los siguientes términos:
PRIMERO: Se procede a la corrección de error material de la sentencia definitiva, No. PJ000202000010, dictada por este Tribunal en fecha 19 de febrero de 2020, en la cual se indicó: "MARISOL SANTARDER PATIÑO" debe decir: "MARISOL SANTANDER PATIÑO", que es lo correcto.
SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto los oficios Nos TEM-042-2020 y TEM-043-2020, de fecha 10 de marzo de 2020, librados al Registro Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador y al Registro Principal, ambos del Distrito Capital, en su orden.
TERCERO: S.....