III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara lo siguiente:
ÚNICO: INADMISIBLE la presente solicitud, presentada por la ciudadana SANDRA YELITZI GRILLO GAVIDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.736.348, debidamente asistida por el abogado ESTEBAN AMADOR BORGES TRABADELO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.54.900.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Carabobo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera.....