III
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN REINVINDICATORIA incoada por la ciudadana: LUISANA MARIA BORRERO CABAÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.581.434 contra los ciudadanos: MAURICIO GUILLERMO DIAZ Y YULIS YANETH REINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.290.362 y V-19.182.406, respectivamente.
SEGUNDO: Se ordena la restitución y entrega del inmueble totalmente desocupado, libre de personas, cosas y bienes constituido por un Town House, distinguido con el número 24, que forma parte del CONJUNTO RESIDENCIAL MUCUBAJI, el .....