Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: INADMISIBLE la demanda por disolución de sociedad mercantil interpuesta por el ciudadano
MICHELANGELO VOLPE CIMINO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-22.342.413, de este domicilio, contra el ciudadano JOSE ANTONIO SCAVO VOLPE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-20.383.330, de este domicilio.