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Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: consumada LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, ha interpuesto la abogada NORMA JOSEFINA LOVERA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. V-7.171.339, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 55.143, actuando en su propio nombre y representación contra el ciudadano JOSÉ ASUNCIÓN PARRA ORDOÑEZ, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. V-4.840.059 y el INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE (IAMPROAM), en la persona de su Gerente, ciudadano HECTOR AZOCAR CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad No. V-.....