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DECISIÓN
En razón de lo expuesto este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el Recurso Extraordinario de Casación anunciado en fecha veinticuatro (24) de abril de 2026, por el abogado EDIGIO SALVADOR ALBISINNI MICHELANGELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.628.353, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 157.211, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EGLE SALVADORA MICHELANGELLI MARIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.564.185, parte demandada, contra la sentencia dictada por este juzgado Superior, en fecha ocho (08) de abril de 2026. ´