DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD DEL FALLO de conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175 y 179, en concordancia con el 157, todos del Código Orgánico Procesal Penal, dictado de la audiencia de presentación de imputado en fecha 07/11/2025 y publicada in extenso en fecha 12/11/2025, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, mediante la cual con lo establecido en los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, Decreto MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados ORLANDO JOSE MOYA, RUBEN RAFAEL PACHECO, Y NELSON ANTONIO HENRIQUEZ, por la presunta comi.....