III
Por todo lo expuesto, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO y por Autoridad de la Ley, DECLARA BASTANTE LA PRECITADA JUSTIFICACIÓN DE TESTIGOS para asegurarle a la ciudadana MIGDALIA THAIMY ROJAS DE CARRERO, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. V-17.250.207, su condición como Única y Universal Heredera de quien fuera su cónyuge el de cujus JESSE JOSÉ CARRERO ROSALES, venezolano, cédula de identidad No. V-16.183.727; el cual falleció AB-INTESTATO en fecha 02 de junio de 2026, según se evidencia del acta de defunción, consignada en copia certificada en la presente solicitud, asentada en el Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia, estado Carabobo, la cual corre inserta en los libros llevados por el antes mencionado Registro bajo el No. 385, to.....