-IV-
DECISIÓN
En razón de lo expuesto este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE REVOCA por contrario imperio el auto dictado por este Tribunal en fecha 30 de julio de 2026, inserto en el folio veintisiete (27) del presente expediente, que abrió una articulación probatoria en la presente incidencia de recusación, formulada por el abogado SALIM RICHANI GUTIÉRREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 49.193, en contra de la abogada Marisol Hidalgo García, en su carácter de Juez Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
SEGUNDO: QUEDA INCÓLUME las actuaciones posteriores al auto dictado por este Tribunal en fecha 30 de julio de 2026, inser.....