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N° Expediente :5232833 GP11-R-2025-000001 N° Sentencia : Fecha: 28/08/2025
Procedimiento:
Nulidad De Oficio
Partes:
RECURRENTE: ABG. CARLOS PAREDES, ACTUANDO EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR PRIVADO DE LOS CIUDADANOS: 1.- EDGAR AMOROS FLORES Y 2.- JOSME REINALDO AULAR BARRANCO
Resumen:
VII DISPOSITIVA En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO emitida en fecha 20 de diciembre de 2024 y publicado in extenso en la misma fecha, por el Tribunal Segundo (2) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo-Extensión Puerto Cabello, en la cual dictó Sentencia Condenatoria por admisión de hechos a los ciudadanos EDGAR AMOROS FLORES y 2.- JOSME REINALDO AULAR BARRANCO, en el asunto principal signado con la nomenclatura GJ11-P-2024-000008, en la que SUBVIERTE EL ORDEN PROCESAL, estando además INMOTIVADA EN SU CALCULO DE LA PENA, AL NO EXPLICAR LA DOSIMETRIA PENAL aplicada en la admisión de los hechos de conformidad a las consideraciones hechas en el r.....
Juez/Ponente:
Darcy Sanchez
Organo:
Corte de Apelaciones Sala Uno
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