DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación ejercida por la demandada.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demandada incoada por el ciudadano ESTABAN JOSÉ GÓMEZ ALVAREZ, contra la empresa LUBRICANTES y FILTROS "LUFILCA", C.A, en consecuencia, se le ordena a la demandada cancelar al actor, la cantidad de cantidad de Bs. TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE BOLÍVARES con 34/100 (Bs. 38.294.620,34) o su equivalente en BOLÍVARES FUERTES TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 62/100 (BS.38.294,62), según el siguiente detalle:
Conceptos Monto Bs. Monto Bs. F
Antigüedad 21.806.954,88 21.806,95
Utilidades 7.975.256,70 7.975,26
Vacaciones 5.214.958,37 5.214, 96
Bono Vacacional 3.29.....