DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogado ANTONIETA REYES LIMONTA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción; en consecuencia, se condena a la demandada, sociedad mercantil QUIROGUA, C.A., a pagar al ciudadano JEAN CARLOS OCANTO AZUAJE, ya identificado, la cantidad de Bs. CINCO MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL CUARENTA Y CUATRO CON 14/100, (Bs. 5.512.044,14).