UZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley orgánica Procesal del trabajo, declara PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionada recurrente contra la sentencia dictada en fecha 15 de Julio de 2011, con su aclaratoria de fecha 22 de Julio de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano EDGAR ALEXANDER VOLCAN CORREA, titular de la cédula de Identidad N° 13.126.918, contra DAMIAN ARTE Y DECORACIONES, C.A. TERCERO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 15 de Julio de 2011, con su aclaratoria de fecha 22 de Julio de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo