DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Regulación de Competencia interpuesto por el Abogado MANUEL BELLERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 10.902, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 05 de junio de 2006, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.