DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado NINFA HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 58.384, en su carácter de apoderada judicial del demandante.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Carabobo en fecha 17 de marzo de 2005, que declaró SIN LUGAR la acción por daño moral incoada por el ciudadano ANTONIO JOSE OVIEDO , titular de la cédula de identidad N° 3.042.698, contra C.A GOOD YEAR DE VENEZUELA.