Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que me confiere la Ley declara, PRIMERO: DESISTIDA la Apelación interpuesta por la parte accionada recurrente. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora recurrente. TERCERO: SE MODIFICA LA SENTENCIA del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 17 de Diciembre de 2015. En consecuencia, se declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. En consecuencia condenad cancelar a la entidad de trabajo BAR RESTAURANT IBERIA