DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ANTONIO BENCOMO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 26.939, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ALBERTO ANTONIO CAMBERO, titular de la cédula de identidad Nº 13.809.457, contra la empresa TAPICERIA ESDRAS, C.A.