Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que me confiere la Ley declara, PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionada recurrente. SEGUNDO: SE REVOCA la Decisión emitida por el Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha Veintitrés (23) de Enero de 2.017. TERCERO: SE REPONE la causa, al estado de que el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución que resulte competente, al tercer (3°) dia hábil siguiente de la recepción del presente expediente, fije nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Primigenia conforme al auto de admisión de fecha 27/10/2016 que riela al folio 25, sin notificación de las partes por cuanto se encuentran a derecho.