DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia, por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN, ejercido por la parte actora.
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por los ciudadanos JESUS EDUARDO RIVAS LUGO, ALFONZO RAFAEL MARTINEZ y RICHARD ALBERTO ABREU GARCÍA contra las sociedades de comercio "ALUMINIO DE CARABOBO", S.A, (C.V.G ALUCASA)
En estos términos MODIFICADA la sentencia recurrida.
Se ordena a la accionada a pagar a los co-demandantes, los siguientes conceptos:
Jesús Rivas, deducidos los montos recibidos.
En moneda Actual:
Antigüedad: la cantidad de Bs.F.1.560.
Bono vacacional: la cantidad de, BsF. 519,41.
Vacaciones: Bs.F.8.785.24.
Utilidades: Bs.F.17.077.09.
Bono de Producción: 45 días a sal.....