DECISION
En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR, el recurso de apelación formulado por la parte accionada.
CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano, JUAN TORREALBA contra la sociedad de comercio "AGROPECUARIA LS 2000,", S.C
Queda CONFIRMADA la sentencia recurrida.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los 24 días del mes de Enero del año 2008. Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.