Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la empresa ¿Federal Express Holdigns¿, S.A., parte demandada abogados Donato Pinto Lamanna y Manuel Bellera Campi, quienes son venezolanos, mayores de edad, abogados en el ejercicio libre de la profesión, inscritos ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 1.606 y 10.902 en su orden.
SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declaró Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano Felix Daniel Rodríguez, contra la empresa ¿Federal Express Holdings¿, S.A., y condena a esta última a: 1º La Reincorp.....