En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que confiere la Ley, procede a DECRETAN LAS SIGUIENTES MEDIDAS CAUTELARES:
a) Se SUSPENDEN los efectos de la sentencia dictada, el 28 de abril de 2017, por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en la causa principal, GP02-L-2014-002030 mediante la cual declaró el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en base a la aplicación del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por inasistencia a la audiencia preliminar instalada y celebrada en fecha 14 de marzo de 2016, en la causa hoy extinguida por efectos de acumulación objetiva, N° GP02-L-2015-001105, en cuanto al trabajador JOHAN OTERO RUIZ,
2) Se SUSP.....