DECISION
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la actora.
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción, incoada por el ciudadano JOSE QUINTERO contra la sociedad de comercio "RESTAURANTE DA MARIO", C.A
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.
Se condena a la accionada a pagar la cantidad total de:
BOLÍVARES VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.28.672,35) por la suma de los conceptos antes descritos PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD, VACACIONES, VACACIONES FRACCIONADAS, BONO VACACIONAL, BONO VACACIONAL FRACCIONADO, UTILIDADES, UTILIDADES FRACCIONADAS.
Notifíque.....