DECISION
Por las razones, motivos y consideraciones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte Actora Recurrente.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 20 de Julio del año 2016, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Notifíquese, la presente decisión al Juez A quo. Líbrese oficio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los siete (07) días del mes de Marzo del año 2017.
Años: 206°.....